
Violando el Reglamento Interno recién aprobado, tomando decisiones ilegales y unilaterales para darle chamba a sus “cuates”, la Directora General del Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (IPPDDHyP), Jhenny Judith Bernal Arellano, sigue con su prepotencia y contrató a un ex funcionario de la Fiscalía General del Estado involucrado y “observado” por la Auditoría Superior del Estado por recibir sobresueldos, bonos y compensaciones exageradas, con probable daño a la Hacienda Pública del Estado.
Y es que Bernal Arellano, además de auto-proponerse un “jugoso” salario de 60 mil pesos mensuales más prestaciones de Ley, recientemente contrató a Cristian Alberto Acosta Padilla, un amigo suyo al que “acomodó” como Coordinador Administrativo del IPPDDHyP.
Cristian Alberto Acosta Padilla se desempeñó como Oficial Mayor de la Fiscalía General del Estado en la administración de Juan José Ríos Estavillo, periodo que fue objeto de observaciones administrativas en el ejercicio 2019 por parte de la Auditoría Superior del Estado (ASE) por autopagarse sobresueldos y bonos por más de 5.7 millones de pesos, en los que se vieron beneficiados 10 funcionarios de la FGE.
En la investigación realizada por la Auditoría Superior del Estado a la administración de la FGE en el ejercicio de 2019 se estableció la presunción del pago de bonos o sobresueldos irregulares a 10 funcionarios de la Fiscalía, entre ellos Cristian Alberto Acosta Padilla, ahora designado como funcionario del IPPDDHyP.
Los funcionarios señalados de recibir sobresueldos desde 2019 fueron el entonces Fiscal General del Estado, Juan José Ríos Estavillo; la Vicefiscal General, Nuria Alejandra González Elizalde; el Vicefiscal Regional zona Centro, Miguel Ángel Valdez Zazueta; el Oficial Mayor, Cristián Alberto Acosta Padilla; la Secretaria Particular, el Jefe de Departamento y el Asesor del Fiscal. Todos ellos en total recibieron 517 “pagos extras” que sumaron más de 5 millones 775 mil pesos.
La ASE señaló que esos 517 pagos superiores a los tabuladores a 10 trabajadores por un importe de $5,775,008.23 y por concepto de Sueldo Oficina, Compensación Profesional, Riesgo y Productividad, se derivó de una incorrecta supervisión y administración en la formulación y aplicación de los tabuladores salariales, “beneficiando” al círculo cercano al ex Fiscal Juan José Ríos Estavillo.

En 2022, al integrarse el Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y designada Jhenny Judith Bernal Arellano como Directora General, ella misma ha admitido que su equipo de trabajo ya lo tiene integrado con amigos y ex-compañeros con los que ha trabajado años atrás en la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) desde que Juan José Ríos Estavillo era el titular de esa dependencia, donde ella misma laboró como parte del equipo del ex Fiscal General del Estado.
A pesar de estos antecedentes, Cristian Alberto Acosta Padilla ya fue “reclutado” como Coordinador Administrativo del IPPDDHyP por la Directora Jhenny Judith Bernal Arellano, incluso pasándose por el “arco del triunfo” y violando el artículo 34 del Reglamento Interno que se aprobó por el pleno del Consejo Consultivo, el cual prohíbe que personas con observaciones o señalamientos de órganos internos de control, de la Auditoría Superior del Estado o de la Auditoría Superior de la Federación puedan ser nombradas como coordinadores del Instituto recién creado.
Acosta Padilla fue el responsable de haber elaborado la propuesta de presupuesto y de salarios “jugosos” de 60 mil pesos para la misma Directora y sus funcionarios “cuates”, lo cual fue duramente criticado incluso por el propio Gobernador Rubén Rocha Moya.
El artículo 34 del Reglamento Interno del Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas que fue recientemente aprobado establece que los coordinadores generales del organismo autónomo deben cumplir determinados requisitos.
Artículo 34. Las Coordinaciones Generales cumplirán con los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno ejercicio de sus derechos;
II. Ser mayor de treinta años de edad el día de su nombramiento;
III. Contar con título y cédula profesional;
IV. No haber sido condenado por delito doloso, mediante sentencia ejecutoriada;
V. Acreditar experiencia de por lo menos 3 años en el área de su competencia;
VI. Gozar de buena reputación, y
VII. No haber tenido en anteriores cargos señalamientos u observaciones por utilización irregular de recursos públicos de Órganos Internos de Control, de la Auditoría Superior del Estado y de la Auditoría Superior de la Federación.
Categorías:Sin categoría