A título personal, 5 integrantes del Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) promovieron amparos contra 3 artículos de la recién aprobada y puesta en vigor Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa, de los cuales, un juez federal concedió la suspensión provisional a sólo una de las promovientes.
El legislador local independiente, Adolfo Beltrán Corrales, informó que este miércoles 8 de marzo el Poder Legislativo de Sinaloa fue notificado de que fueron admitidas 5 solicitudes de juicio de amparo en los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Culiacán contra la Ley General de Educación Superior del Estado de Sinaloa.
Explicó que el objeto de la impugnación son los párrafos Tercero y Cuarto del Artículo 3, que se refiere a las consultas para la modificación a las leyes orgánicas de las universidades autónomas, así como el proceso de ejecución de las mismas consultas por parte del Congreso del Estado.
La promoción de los amparos también fueron contra el Artículo 51, fracción 8, relativo a que será la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado la que ministre los recursos provenientes de la Federación para la educación superior.
Asimismo, los demandantes del amparo han solicitado la protección de la justicia federal contra el Artículo 59 de la nueva Ley de Educación Superior que establece que la autoridad educativa estatal implementará un sistema estatal de evaluación y acreditación de la educación superior, en el que se integrará y sistematizará la información de los procesos de evaluación y acreditación de las instituciones de educación superior del Estado, la cual tendrá fines estadísticos, de planeación, evaluación y demás que contribuyan en la mejora continua de la educación superior en el Estado..
Los 5 promovientes de los amparos son Eleazar Angulo López, Karely Rojo López, Raquel Villa Núñez, Rosa del Carmen Meza Torrero y Verónica Guadalupe Jiménez Barraza.
El diputado mencionó que de los 5 promovientes, la autoridad judicial solamente concedió la suspensión provisional a una de las quejosas y es únicamente en lo que respecta al Artículo 59 de la Ley de Educación Superior de Sinaloa.
Adolfo Beltrán mencionó que como parte del procedimiento del juicio de amparo promovido por los universitarios, se tendrá que realizar la audiencia incidental sobre la suspensión provisional de dicho Artículo, para posteriormente el Juez tendrá que resolver el fondo de la solicitud de amparo.
El legislador local dijo que es probable que se promuevan más amparos contra la Ley de Educación Superior, ya que los «uaseños» que han promovido los juicios están utilizando el mismo «machote», repitiendo los mismos artículos y argumentando los mismos «agravios».
El Congreso del Estado dará seguimiento y respuesta, como autoridad responsable del acto reclamado y, el Ejecutivo Estatal, porque publicó la Ley.